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Información de la Federación Aragonesa de Actividades Subacuáticas dirigida a todos los Instructores pertenecientes a la Escuela Aragonese de Buceo.

Información de la Federación Aragonesa de Actividades Subacuáticas dirigida a todos los Instructores pertenecientes a la Escuela Aragonese de Buceo.

 

Estimados compañeros ante las diferentes preguntas que nos estáis haciendo respecto a la incorporación de Instructores de nuestras federaciones a los estudios del nivel 2 del TD queremos informaros:

1.      Que todos los Instructores I1E, I2E e I3E titulados con anterioridad al 16 de diciembre del 2002 pueden incorporase al nivel 2 de TD (matricularse en el bloque específico y bloque común) si cumplen:

a.      Los requisitos académicos (Titulación ESO o equivalente)

b.      Certificado de la FEDAS de haber actuado como instructor durante una temporada deportiva (un año).

 

2.    Que pueden ejercer este derecho basándose en la disposición adicional primera de la Orden ECD/3310/2002 y en la RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2008, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se establecen las condiciones de incorporación a las formaciones previstas en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, acreditando determinadas formaciones de buceo, de caracter meramente federativo.  

 

Una vez que se promulgue el decreto es posible que estos instructores puedan obtener la equiparación profesional con el Título de TD de Buceo. Pero no la homologación (académica). Por tanto, ni podrían actuar como profesores de Centros de Formación de TD ni continuar estudios al nivel 3 cuando exista.

 

Por eso, quien reúna las condiciones y esté interesado en la homologación le recomendamos que aproveche el periodo transitorio, se matricule en el nivel 2 y si consigue las convalidaciones de todas o de la mayoría de las asignaturas del bloque específico sólo tendrá que realizar el bloque común

 

 

Atentamente.

Mikel Orúe.

Director de la EABAD.

 

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